Gastos exequiales
Se pagaran los gastos exequiales cubiertos a quien demuestre haber incurrido en ellos; los gastos que se cubren son:
- Diligencias y tramites legales ante las autoridades competentes para la inhumacion o cremacion, excepto el certificado de defuncion que lo expedira el medico tratante y es responsabilidad de la familia del fallecido.
- Ataud convencional de corte lineal
- Traslado de la persona fallecida incluida en el grupo del asegurado, desde su residencia, clinica o establecimieto de medicina legal, a las salas de velacion, iglesia y al parque cementerio. Incluye los traslados nacionales los cuales se priorizan por via aerea.
- Servicio de preparacion del cuerpo
- Utilizacion de las salas de velacion estandar a nivel nacional, hasta por veinticuatro horas.
- Decoracion de las salas de velacion y ramo de cortesia
- Celebracion del servicio religioso
- Entrega de un libro de asistencia a las honras.
- Arrendamiento del espacio en parque cementerio por 4 años a nivel nacional donde exista esta modalidad (derechos del parque cementerio), o cervicio de cremacion (urna para las cenizas)
- Obituario en sala y recepcion
- Traslado del coche funebre a la iglesia y al parque cementerio.